Recuerda que está próximo a vencer el plazo para presentar tus declaraciones
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es una de las declaraciones con más controversia en los impuestos mexicanos, debido a que grava directamente los ingresos de los contribuyentes, la ley indica que este gravamen se aplica en cada ejercicio y se deben realizar los pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual. El ISR alcanza a las personas físicas y morales que son residentes en México, bien a quienes obtengan sus ingresos de fuentes de territorio nacional.
Deben presentar Declaración Anual, las personas físicas que hayan obtenido ingresos, entre otros, por los siguientes conceptos:
También se deben informar en la declaración anual, en su caso, los ingresos que se hayan percibido en el año por los conceptos y en los montos que se mencionan a continuación, aun cuando ya se haya pagado el o los impuestos correspondientes.
NOTA: Si no percibiste ingresos durante el año, pero te encuentras inscrito en el RFC por alguno de los conceptos citados, debes presentar la Declaración Anual informando esa circunstancia, es decir, presentar tu declaración en ceros.
Como persona Moral tienes hasta el 31 de marzo de 2018 para presentar tus declaraciones correspondientes al ejercicio de 2017
Recuerde que es indispensable que los contribuyentes cuenten con su firma portable (antes Fiel) o con la Contraseña (antes CIEC) y efectuar el envío del archivo de la declaración por Internet; terminado este proceso, el SAT enviará un acuse de la recepción que acredita que han cumplido con esta obligación.
Se encuentran obligadas a presentar la declaración anual de ISR las personas morales que se encuentren en los regímenes siguientes:
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